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¿Puedo escriturar por menos valor?

Hoy me formula la siguiente pregunta uno de los lectores de este Blog:

   “Buenas tardes: Estoy vendiendo una propiedad y el comprador me pregunto si puede hacer la escritura por menos del valor de venta y lo demás en efectivo,  que no figuraria en la escritura.  ¿Es legal eso?  ¿Me puede acarrear algún problema como vendedora?  Gracias,  saludos “

   En verano, mucha gente, en España, si la economía lo permite, acostumbra a viajar. Algunos, además, visitan algún otro país. El otro día, una amiga, me relataba las costumbres que había encontrado en otros países con el tema de las propinas.

   Existen países en los que es costumbre dar propina a cualquier persona que presta un servicio no profesional. Camareros, guías, servicio de limpieza de habitaciones, barman… todos esperan, en esos países, que aquel a quien prestan sus servicios dé una propina. En realidad, el empleador se desentiende, al parecer, legalmente, del pago de un salario acorde y traslada la obligación de retribuirlo al usuario del servicio. En algunos países está claro el margen o propina que se debe añadir, así, por ejemplo, en Estados Unidos o, incluso, en Reino Unido, te advierten de la posibilidad de repercutir un cargo adicional por servicio, que no se informa. Sin embargo, en otros, esa propina se deja a la buena voluntad del consumidor.

   A mi, personalmente, no me gusta ese sistema. Me gustan las cosas claras. En España, la propina es una mera liberalidad, y no tiene, necesariamente, que importar un determinado porcentaje, salvo que alguien me pueda informar de lo contrario. Indudablemente, quien la recibe, lo agradece y le viene bien, si grano a grano va haciendo granero. Sin embargo, en esos otros países, privar al servicio de su propina lo deja en una situación precaria. Cuanto menos desarrollado está el país, más cosas raras se perciben, poca claridad en los precios, comisiones improcedentes…

   Se preguntará el lector ¿qué tiene que ver esto con la consulta que me trasladaban y que abría este post? Pues nada y mucho. Me parece vergonzoso que en la mente del ciudadano esté tan arraigada la creencia de que es costumbre escriturar por menos. Dicha costumbre no se si es cultural -es muy recurrente agarrarse al tópico de la picaresca hispana-, o, más probablemente, debida a una mala política fiscal, tanto legislativa como de gestión de los tributos.

   A la claridad de las normas, que obliga a tributar por el precio y que se supone que coincide con el valor declarado, debería acompañar una gestión eficaz que realmente hiciese tributar por el precio pagado. La primera que engaña es la propia Hacienda cuando establece, da igual de que Autonomía se trate, unos criterios fiscales de valoración. ¿Por qué? Parece que es más fácil asegurarse esos mínimos que obligar a pagar al que realmente defrauda.

   Si las cosas se hicieran bien, la frenética carrera de tipos fiscales incrementados de un tiempo a esta parte, se abandonaría y se impondría una fiscalidad justa en la que se tributara por un tipo adecuado sobre lo realmente pagado.

   La respuesta a la pregunta que encabeza este post fue la siguiente:

  “Evidentemente, no es legal, se están defraudando impuestos, tanto por el comprador como por el vendedor. Efectivamente, puede haber las correspondientes sanciones previa la correspondiente comprobación legal. Debe ponerse el precio que se paga, con independencia de lo que la gente con mejor o peor intención diga. Curiosamente a nadie se le ocurre la operación contraria que conduce a pagar más sin ser necesario”.

FUENTE: PILDORASLEGALES.COM